LA PAREJA: DIVORCIO EN LA REVOLUCIÓN FRANCESA
Garante de la libertad individual, el Estado revolucionario francés instituyó el divorcio, consecuencia lógica de considerar el matrimonio un contrato civil.
Con este movimiento, los republicanos lograban desplazar a la Iglesia de su control sobre la familia, haciendo del Estado la autoridad final que regulaba y se imponía sobre el ámbito familiar.
La ley del divorcio se promulgó en 1792 concedía siete motivos para poder divorciarse. Siguiendo el excelente trabajo de Hunt sobre la vida privada durante la Revolución francesa, publicado en el volumen dirigido por Ariès y Duby la “Historia de la vida privada”, los motivos podían ser “la demencia; la condenación de uno de los cónyuges a penas aflictivas e infamantes; los crímenes, sevicias o lesiones graves de uno de ellos hacia el otro; la conducta pública desordenada; el abandono al menos durante dos años; la ausencia sin noticias por lo menos durante cinco años; la emigración”. Bajo una de estas condiciones se concedía el divorcio de manera inmediata.
También era posible que una pareja acordase divorciarse por “incompatibilidad de carácter”, tras un plazo máximo de cuatro meses y tras un periodo de seis meses en el que se intentaba la reconciliación.Tras un divorcio, el Estado imponía un tiempo de espera de un año para poder contraer de nuevo matrimonio, con lo que intentaba imponer un cierto orden que evitase los excesos de la liberalidad
El divorcio era considerado un derecho universal, pudiendo acceder a él tanto hombres como mujeres. Su bajo costo le hacía también accesible a todos los grupos sociales.
Posteriormente, tras el frenesí revolucionario, la corriente autoritaria impuesta por Napoleón tendió a primar los derechos del padre sobre los de los demás miembros de la unidad familiar. Así, hombre y mujer perdieron su igualdad ante la ley, y esto se plasmó en el caso del divorcio con que un hombre podía solicitar el divorcio alegando adulterio por parte de su mujer pero, en caso contrario, la esposa sólo podía solicitarlo si el marido había llevado al hogar común a una concubina.
Igualmente, la legislación discriminaba a ambos cónyuges en caso de adulterio: la mujer era condenada a dos años de prisión mientras que el marido era absuelto.
La intervención del Estado napoleónico sobre el divorcio se hizo para primar la estructura familiar por encima de la libertad individual. Así, si bien se mantuvo el divorcio, se hicieron más duras las condiciones para su concesión, siendo necesario que el hombre tuviera un mínimo de veinticinco años; la mujer entre veintiuno y cuarenta y cinco; el permiso de los padres y una duración de la unión conyugal de entre dos y veinte años