HOMBRE: PERMISOS DE PATERNIDAD
El 15 de marzo de 2007 fue aprobada en España la ley de igualdad que ampliaba el permiso de paternidad a 15 días. Este ha sido el primer cambio importante que se ha dado en nuestro país en cuanto a permisos de paternidad. Además los padres de familias numerosas, así como los que cuenten con un miembro discapacitado, podrán disfrutar de 20 días de permiso de paternidad por nacimiento o adopción.
Estos permisos, son unos periodos que el padre puede disfrutar junto a su hijo recién nacido o adoptado, de forma remunerada. Este permiso comienza justo el día del nacimiento, y se puede renunciar a disfrutarlo completo, pero no puede aplazarse a otras fechas.
La comunicación al empresario deberá hacerse con la debida antelación y en los términos establecidos en el convenio colectivo de aplicación.
Los permisos de paternidad al igual que los de maternidad, los paga la Seguridad Social, y no las empresas.
Para poder acceder a la prestación económica por paternidad, se exige tener acreditado un periodo de cotización mínimo de 180 días en los siete años anteriores, o 360 días a lo largo de la vida laboral, con independencia de la edad del demandante. Esta prestación económica será un subsidio equivalente al 100% de la base de reguladora correspondiente.
Si se esta disfrutando del permiso de paternidad y se extingue el contrato, la persona podrá seguir cobrando la prestación por paternidad hasta su finalización y seguidamente cobrar la prestación por desempleo siempre que se reúnan los requisitos exigidos.
Si se está en situación de desempleo, el tiempo de permiso por paternidad no se descuenta de la prestación por desempleo, y durante el este permiso de paternidad se seguirá cotizando a la Seguridad Social.
Situación actual.
Los datos que ofrece el Ministerio de Igualdad sobre el uso por parte de los varones españoles del permiso de paternidad por nacimiento o adopción, apuntan a que el 80% de los padres se ha acogido a éste. Se tratan de datos alentadores que apuntan que la medida del gobierno era bastante esperada, ya que antes de que entrara en vigor la nueva ley que permite a los padres acogerse al permiso de paternidad, la cifra de padres que disfrutaban del permiso cedido por la madre era del 5%.
Aún así, la diferencia de tiempo entre los permisos de maternidad y paternidad deja entrever que todavía es un derecho poco reconocido, haciendo ver que el nacimiento y la crianza son cosas exclusivamente de mujeres. De esta manera es a nosotras a quienes se nos adjudica los problemas asociados a la baja por maternidad, así como los derivados de la necesidad de conciliación de la vida laboral, familiar y personal. Pero las barreras que existen para los varones padre, son también muchas, ya que se les impide ejercer plenamente su derecho a ser padres, no pueden disfrutar y cuidar de sus hijos tanto como quisieran. La participación activa se en el desarrollo de los niños se deja exclusivamente a la madre, que es la que puede disfrutar del periodo de permiso de una manera un poco más desahogada, aunque no todo lo que seguramente quisieran.
Evolución de éstos a lo largo de la historia
Hasta hace pocos años, en concreto hasta el año 2007 los varones, no han podido disfrutar de un permiso de paternidad en España, que en la actualidad, aún siendo corto, les permite cuidar del nuevo miembro de la familia por un periodo de 15 días.
Hasta entonces el padre trabajador no tenía derecho propio, sino derivado de la madre que le cedía tiempo de su permiso de manera opcional, el único derecho propio que tenía el padre varón eran dos días para poder ausentarse de su trabajo.
El único caso en el que el padre podría disfrutar del permiso y la prestación por paternidad, era cuando la madre fallecía. Esto nos lleva a pensar que la situación se presentaba de la siguiente manera: La madre es el único miembro de la familia al que se le permite cuidar de los hijos, y por lo tanto se entiende que es el único miembro de la familia que carga con los problemas derivados de la conciliación familiar, personal y laboral. La madre es el único miembro de la familia al que se le permite disfrutar plenamente del desarrollo del nuevo miembro de la familia, y participar en éste de manera activa.
Aunque en la actualidad la situación se ha visto un poco mejorada, por la concesión a los varones de 15 días de permiso de paternidad por nacimiento o adopción, se oyen muchas voces en esta sociedad que no consideran, ni mucho menos, suficiente estas dos semanas.
Desde nuestro punto de vista no entendemos por qué, con las mismas condiciones de cotización a la seguridad social, no se permite al padre varón disfrutar de un permiso equivalente al de la madre. En casos como este observamos las incoherencias a la hora de poner en marcha los procesos que garanticen la igualdad efectiva entre hombre y mujeres.