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– No, dado que el Ejercicio Arbitrario de Custodia opera en el sentido de proteger al padre que tiene a su cargo la custodia y cuidado del hijo menor de edad y no a la situación del padre a quien corresponde el régimen de visitas.

En estos casos se debe acudir al Centro Zonal del ICBF del lugar donde reside el niño, niña o adolescente y reportar la situación.

¿Si la madre no cumple con permitirme el contacto con mi hijo, tal como se fijó en el acta de conciliación, puedo interponer una denuncia penal por Ejercicio Arbitrario de Custodia?

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¿Si la madre no cumple con permitirme el contacto con mi hijo, tal como se fijó en el acta de conciliación, puedo interponer una denuncia penal por Ejercicio Arbitrario de Custodia?

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