Para acreditar el período de cotización exigido, además de las cotizaciones efectivamente realizadas o las expresamente asimiladas a ellas, serán computables los días cuota (parte proporcional de pagas extras), exceptuando las realizadas bajo un contrato de formación (pues se cotiza por una cantidad fija en la que no va prorrateada la parte proporcional de las pagas extras) y los antiguos contratos de aprendizaje.
A efectos de acreditar el período mínimo de cotización ¿se computan los días cuota?
by TnRelaciones | Jan 11, 2021 | 0 comments