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Con
un ánimo de concreción en este apartado, podríamos comenzar señalando
que a finales del siglo XIV empezaron a formarse Escuelas, Hospitales
(no con carácter caritativo sino como instituciones sanitarias)
naciendo una reglamentación legislativa que ha ido evolucionando.

Paralelamente
se crearon distintos tribunales, surgiendo el PROTOMEDICATO y el
PROTOBARBENATO, encargados de examinar a Médicos, Cirujanos, Barberos,
Sangradores, Boticarios, Parteras, etc.

Para simplificar podemos afirmar que el Podólogo deriva del Barbero-Cirujano.

Durante
el siglo XVIII la importancia del Protomedicato se ve aumentada y
obliga a dividirse en diferentes entidades, así quedó en:
Protomedicato, Protofarmacéutico y Protocirujano (el Protobarbenato
quedó abolido e incluido en el Protocirujano, o sea que los dos
orígenes del Podólogo quedaron unidos, pasando a ser Cirujano o
Cirujano Romancista.)

Entrando
ya en el sigo XIX, el Protomedicato fue anulado y se creó la Junta
Superior Gubernativa de Medicina; así, en 1884 se promulgó la Ley XI y
XII, libro VIII, la cual determinó las competencias: “Podía abrir
tienda de Barbero. Podía aplicar medicamentos internos o externos y
practicar operaciones de Cirugía pero sólo para curar enfermedades
externas
“.

A
mediados de siglo apareció un nuevo profesional: el Practicante,
reglamentándose la profesión y por Ley del Ministerio de Fomento
(Gaceta de Madrid de 28 de noviembre de 1861) que facultaba al
Practicante “al arte de dentista y del callista“.

A partir de entonces los estudios de Callista (Cirujano Callista) quedaron integrados en la carrera de Practicante.

Ya
entrado el siglo XX hay una unificación de las profesiones auxiliares
sanitarias, creándose en 1952 el título de Ayudante Técnico Sanitario
(formado por practicantes, matronas y enfermeras.)

La
aparición de la palabra Podología la encontramos en la Orden del
Ministerio de Educación Nacional de 23-XII-1955 por la que se creó y
reglamentó la Escuela de Podología de la Universidad de Barcelona (BOE
10 enero 1956), con objeto de dar formación específica a los
Practicantes que ejercían como Cirujanos-Callistas.

Si
bien los estudios de Podología han estado íntimamente ligados a los
estudios de Practicantes y de ATS., siempre ha gozado de autonomía,
como reconoce el legislador en la exposición de motivos del Decreto
727/1962 de Creación de la Especialidad de Podología para Practicantes
y ATS.

Finalmente
la Podología entró en el marco universitario con el Real Decreto
649/1988 de 24 de junio por el que se estructuran las enseñanzas de
esta especialidad como estudios de primer ciclo universitario,
estableciéndose las directrices generales de los planes de estudio para
la obtención del Diplomado.

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